Urbanización Residencial
La urbanización es un término que se utiliza para nombrar el conjunto de construcciones levantadas en un antiguo medio rural.
Al momento de desarrollar un plan de urbanización de un terreno, este se divide en varias entidades como manzanas, parcelas, lotes, etc.; con el fin de construir viviendas y que estas cuenten con la infraestructura necesaria como electricidad, agua potable, transporte, entre otros servicios básicos para los habitantes.
Proyección de Urbanización "Los Huertos de San Antonio" Publicado por Ica, 04 Noviembre 2010 |
El diseño y planificación debe estar comprometida a la estabilidad de las regiones urbanas y ofrecer recreación a los nuevos vecindarios con espacios funcionales que generen un valor agregado y calidad de vida para los usuarios.
La creación de un complejo urbanístico para la sociedad cobanera debe integrar armonía con la naturaleza y el entorno; ya que el país es cada vez menos rural y más urbano y el crecimiento poblacional cada vez es mayor por lo que se necesitan de espacios habitacionales en las ciudades.
Uno de los fenómenos más característicos de la tendencia de habitar áreas urbanas es la migración lo cual con la poca capacidad y ausencia del interés por planificar el ordenamiento territorial por parte de las municipalidades, ha llevado a incrementar la demanda de servicios públicos y privados, necesidad de espacios servicios públicos, acceso a recursos como el agua y espacios verdes.
Según el Artículo 8 del Reglamento Específico de Normas de Urbanización y Construcción de Proyectos Habitacionales de Interés Social del Municipio de Guatemala; se definen las condiciones que debe de tener el terreno y las áreas para cumplir con las condiciones para ser área urbana y residencial como:
- Estar provistos de acceso a través de una vía pública y garantizar el servicio de transporte público
- Las condiciones geológicas del terreno no deberán presentar ninguna amenaza o peligro para la comunidad a asentar
- El área útil del terreno no deberá de tener una pendiente máxima de 16%
Además de esto en dicho reglamento se establece la infraestructura necesaria para ese tipo de áreas, como poseer sistema de drenaje de aguas pluviales, sistema de drenaje de aguas negras, calles pavimentadas, agua potable, energía eléctrica y otros.
El área de uso del suelo también esta especificado en el Artículo 28, establece tomar en cuenta las siguientes áreas de cesión o reserva:
- Área escolar: 6% del área privada
- Área verde: 10% del área total
- Área deportiva: 7 al 10% del área privada
- Área de reforestación: 10% del área total
Un buen diseño residencial puede influenciar de manera positiva la calidad de vida, generando ingresos, proporcionando comodidad, recreación y ambientes agradables y funcionales.
Más información del Reglamento en el siguiente link:
http://www.fodhap.org/leyes/leyes%20enviadas/Municipalidad%20de%20Guatemala/reglamento%20normas%20urbanizacion%20y%20construc%20proy%20vivienda%20inte.pdf
http://www.fodhap.org/leyes/leyes%20enviadas/Municipalidad%20de%20Guatemala/reglamento%20normas%20urbanizacion%20y%20construc%20proy%20vivienda%20inte.pdf
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